Tribunales

Esta es la indemnización que tendrá que pagar el Ayuntamiento de Córdoba a un motorista que derrapó por culpa de la gravilla

El juez entiende que el Consistorio es responsable del estado de la calzada

Fachada del Ayuntamiento de Córdoba.

Fachada del Ayuntamiento de Córdoba. / FRANCISCO GONZÁLEZ

Irina Marzo

Irina Marzo

El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de Córdoba ha dictado una sentencia a favor de un ciudadano, N.H.H., que denunció al Ayuntamiento de Córdoba tras sufrir un accidente de motocicleta mientras circulaba por la avenida Linneo, en la capital cordobesa, provocado por la existencia de gravilla en la calzada. La sentencia estima el recurso formulado por el ciudadano contra la resolución desestimatoria de una reclamación formulada el 21 de febrero de 2023 e impone al Consistorio cordobés el abono de 1.429,45 euros con intereses desde la fecha de la reclamación en vía administrativa.

El juez dicta sentencia y rechaza las explicaciones esgrimidas por el Ayuntamiento de Córdoba que, entre otros cuestiones, argumentaba que la gravilla con la que derrapó el demandante y que estaba depositada en la calzada provenía de una obra que estaba realizando la empresa Orange. La obra comenzó el día 18 de abril de 2022 y finalizó el día 4 de mayo de 2022, habiendo ocurrido el accidente el día 30 de abril de 2022.

Reacción municipal

En la sentencia, el juez dice que "se trata de exigir a la administración según parámetros lógicos que configuran el estándar del servicio, una reacción frente a situaciones de riesgo que el ciudadano no puede percibir y sean conocidas de la Administración o frente a riesgos de relevancia que vayan más allá de los derivados de circunstancias ordinarias". Y continúa diciendo: "No creo que la presente sentencia imponga a la administración una capacidad de reacción desorbitada a sus medios personales y materiales al comprobarse de la prueba practicada un defectuoso funcionamiento del servicio público de mantenimiento en condiciones generales de seguridad, de una vía que está abierta al público y en la que existe un riesgo relevante cuanto menos difícil de percibir o advertir para quien discurre por ella con una motocicleta, como es la excesiva grava en la calzada tapa de alcantarilla, que tanto por los agentes intervinientes de forma referenciada, se cifra como compatible y real el efecto producido".  

A la luz del fallo, el Ayuntamiento aprovechará que la empresa de telecomunicaciones depositó una fianza de 5.160,00 euros que aún no ha sido retirada, y al considerar que es la responsable última de la producción del daño, procederá a reclamarle el importe de la indemnización, una vez se proceda a su abono por parte del Ayuntamiento.