Investigación a la mujer del presidente

Begoña Gómez se opone a que el juez investigue el rescate a Air Europa: "No es objeto de la causa"

El abogado de la mujer del presidente advierte al juez Peinado de que no es competente para investigar unas ayudas aprobadas en Consejo de Ministros

La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y la presidenta del Congreso, Francina Armengol.

La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y la presidenta del Congreso, Francina Armengol. / Diego Radamés - Europa Press

La defensa de Begoña Gómez, esposa del presidente Sánchez, ha recurrido la petición por parte del juez Juan Carlos Peinado a la Sociedad de Participaciones Industriales (SEPI) de los expedientes que concluyeron en el rescate a Air Europa tras la pandemia, al estimar que este asunto no es objeto de la causa y que, además, carece de competencia para investigar la concesión de unas ayudas que fueron aprobadas en Consejo de Ministros.

En el escrito firmado por el abogado Antonio Camacho se señala que no existe ninguna resolución del Juzgado de Instrucción número 41 que acuerde que el rescate sea objeto de la investigación iniciada contra la mujer del presidente del Gobierno. "En estas circunstancias parece absolutamente contrario a los principios que rigen el proceso penal que se pretenda investigar unos hechos respecto al cual no se ha incoado ningún procedimiento en el seno del cual investigarlos", incide el letrado en su escrito, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA.

La petición de Peinado a la SEPI se refiere a los "expedientes completos por los que se otorgaron las ayudas, en cualquiera de sus fases, así como la documentación e información que, en relación con los mismos, permitan conocer su inicio, desarrollo, ejecución, financiación y toma de decisiones al respecto" de las ayudas concedidas a Air Europa, según especificaba su providencia, dictada el pasado 20 de junio. En la misma resolución, encarga a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) que elabore un informe pericial "con el fin de contribuir al esclarecimiento de los hechos objeto de investigación".

Con ello, e instructor trata de determinar si como denuncian las acusaciones populares la esposa del presidente del Gobierno influyó en el pago de ayudas a Air Europa, que recibió 140 millones de euros avalados por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) y 475 millones a través del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas (repartidas en un préstamo ordinario de 235 millones y un préstamo participativo de 240 millones). En total, la inyección percibida por la compañía con dinero público ascendió a 615 millones de euros.

Límites de la Audiencia Provincial

En su recurso la defensa recuerda lo dicho por la Audiencia Provincial de Madrid en relación con las informaciones sobre las relaciones de Gómez con altos cargos de Globalia que señalaban las noticias que formaron parte de la denuncia inicial. Según los magistrados no podía hablarse en dicho momento más que de una "simple conjetura más allá de llamativas coincidencias temporales y personales" con directivos de esta compañía. Dichas coincidencias, sin embargo, "quizá hubieran merecido activar controles administrativos previos garantes de los principios de transparencia y buen gobierno", agregaba la Audiencia. 

Por esta razón, la Audiencia fijó los límites de la investigación a la presunta intermediación en la concesión de subvenciones "en las que podría haber mediado algún tipo de contraprestación" al menos respecto de los hechos concretos referidos a la UTE formada por Innova Next S.L.U y la escuela de negocios The Valley. Se trata, añade Camacho, de hechos s, "respecto a los cuales el Juzgado se ha Inhibido, con posterioridad al Auto, a favor de la Fiscalía Europea".

Desde que se produjo esa inhibición, prosigue la defensa, no se ha dictado ningún auto que, ampliando el objeto de la investigación en los términos en que quedo delimitado por el auto de la Audiencia Provincial. Como consecuencia de todo ello, concluye que la petición a la SEPI "carece de fundamento". No cabe pedir una documentación que tiene que ver con la concesión de unas ayudas aprobadas en Consejo de Ministros que, dada las condición de los integrantes de este, ni siquiera estaría dentro de la competencia del presente Juzgado para investigar los mismos", agrega.

Por otro lado, vuelve a incidir en que nuestro sistema procesal penal prohíbe las investigaciones prospectivas, "es decir, aquellas en las que, con la excusa de investigar un determinado hecho delictivo, en realidad, lo que se busca es inspeccionar en la vida del investigado para ver si otros delitos pueden ser descubiertos, todo ello partiendo del convencimiento personal de la fuerza investigadora sobre la criminalidad del sujeto".